viernes, 14 de diciembre de 2012

PREGUNTAS MÁS COMUNES

FUNDACIÓN (PREGUNTAS MÁS COMUNES)

1.- ¿Beneficios para los miembros de la Fundación?.- Los beneficios para los miembros de la Fundación y que participan en el Fondo Solidario son los siguientes:
a.- Sentirse satisfecho por participar en la solución del problema del paro.
b.- Poder ser miembro de los órganos de Gestión del Grupo.
c.- Poder recibir cursos de adaptación y perfeccionamiento.
d.- Poder acceder a un puesto de trabajo en las empresas del Grupo.
e.- Poder pedir ayudas, para poner en marcha su proyecto.   
f.- Poder participar en la redacción del libro “El mundo a que tenemos derecho”.
g.- Poder recibir los documentos que el CGG determine.
h.- Poder asistir a los actos culturales organizados por la Fundación.
i.- Conocer en que se emplean sus donaciones.
j.- Poder acceder a puestos de responsabilidad de las empresas de Grupo .
k.- Poder ser profesor de los directivo y empleados del Grupo.

2.- ¿Objetivos básicos a alcanzar?.- Los objetivos básicos a alcanzar con los recursos de la Fundación, (Fondo Solidario), son los que se enumeran seguidamente y en orden de preferencia:
a) Ayudar a los emprendedores a poner en marcha los proyectos que sean evaluados como viables, por el Equipo de Diseño y Evaluación de Proyectos, (EDEP)
b) Crear empresas y / o cooperativas en los nichos de negocios que elijan los Grupos de Búsqueda de Negocios y Ayudas, (EBNA), como las energías renovables.
c) Potenciar el (I+D+i) en las empresas y / o cooperativas que se constituyan con los recursos del Fondo Solidario, (FS).
d) Desarrollar un sistema de formación integral, (técnica y personal), para los trabajadores y directivos de las empresas y / o cooperativas del grupo.  
e) Defender y promover, dentro y fuera de la Organización los Valores, Principios y Filosofía, establecidos en el Plan de Acción. Solidario.

3.- ¿Estructura Organizativa?.- La estructura organizativa de la Fundación, (Grupo de Empresas Solidarias), son los que se enumeran seguidamente y se constituirán, a ser posible, en el mismo orden en que relacionan:
a) Fundación Solidaridad Total, con la Escritura de Constitución y los Estatutos correspondientes, constituida por los creadores de la misma, (Ley 50 / 2002).
b) Fondo Solidario (FS), constituido para ser depositario de los recursos de la Fundación en la cuenta del Bankinter nº: 01280082980100020443.
c) Consejo General del Grupo (CGG), constituido por los creadores de la Fundación y dos vocales elegidos democráticamente, entre los donantes que lo soliciten.
d) Equipo de Gestión del Fondo (EGF), constituido por los creadores de la Fundación y dos vocales elegidos democráticamente, entre los donantes que lo soliciten.
e) Equipos de Diseño y Evaluación de Proyectos (EDEP), constituidos, como máximo, por cinco donantes y / o cooperantes que lo soliciten y, a ser posible, que tengan relación con área de actividad de cada proyecto a evaluar y si fuera necesario se evaluarían por expertos externos.
f) Equipos de Búsqueda de Negocios y Ayudas (EBNA), constituidos, como máximo, por cinco donantes y /  o cooperantes que lo soliciten, a los que se les formará en esas funciones.
g) Grupo de Gestores y / o Formadores (GGYF), constituidos por todos los donantes que lo soliciten, que se dedicarán primero a formar a otros donantes y, después a ocupar los puestos, a los que el Grupo tenga derecho en las empresas y / o cooperativas que se constituyan con los recursos del Fondo Solidario, de la Fundación.  
h) Grupo de Empresas Solidarias, que estará constituido por la lista de todos los emprendedores y / o empresas que hayan puesto en marcha sus proyectos con la ayuda del Fondo Solidario de la Fundación.     

4.- ¿Condiciones para pertenecer a los Órganos de Gestión del Grupo?.- Para poder pertenecer a los órganos de Gestión de la Fundación y del Grupo, son necesarias las siguientes condiciones:
a) Aportar al Fondo Solidario, cada mes, una cantidad que fijará el CGG.
b) Firmar el documento de fidelidad, ante notario, a los Principios, Valores y Filosofía de la Fundación, (Ver en esta página).
c) Solicitar la inclusión en los órganos de Gestión, antes enumerados, a los que desee pertenecer; (los vocales elegidos democráticamente no pueden pertenecer a la vez al CGG y al EGF y la duración de su responsabilidad será de cuatro años).

5.- ¿Cómo conseguir ayudas para desarrollar proyectos?.- Para conseguir ayudas y desarrollar un proyecto, en solitario o en asociación, serán necesarios los siguientes requisitos:
a) Ser donante del Fondo Solidario con un mínimo mensual que fijará el CGG.
b) Presentar la memoria del proyecto, a ser posible, con el plan de negocio, a la Fundación, en cualquier momento, en el formato que ya está establecido.
c) Que el proyecto sea calificado como viable por uno de los EDEP , perteneciente a la Fundación, y que el CGG le dé el Visto Bueno.
d) Que la Fundación disponga de los fondos necesarios para aportar el porcentaje del presupuesto total que solicite / en el / los emprendedor /res.
e) Firmar un Acuerdo de colaboración con la Fundación en el que el emprendedor se comprometa a devolver, (si es su deseo), el total o parte de la ayuda más el incremento del IPC, en: (21) años, para los emprendedores que tengan menos de cuarenta años;  (14) años, para los emprendedores que tengan entre cuarenta y sesenta años; (7) años, para los emprendedores que tengan entre sesenta y ochenta años. Además de un tres % para ayudar a otros emprendedores, si el proyecto sigue adelante, durante el tiempo que el mismo siga vivo.
f) Firmar un contrato con la Fundación, en el que se establezcan todas las condiciones relacionadas con la creación de la empresa y / o cooperativa, con la que se va ha poner en marcha el proyecto, la cuantía de la ayuda, la participación en los beneficios y el número de personas que formarán parte del equipo directivo. A modo de ejemplo, si la ayuda fuera del 100 % del presupuesto, la participación de la Fundación sería del 60 %.
g) Para los que no sean donantes del Fondo Solidario, que sus proyectos sean declarados como singulares por el Consejo General del Grupo, previo informe positivo del Equipo de Diseño y Evaluación de Proyectos, teniendo que cumplir una de las siguientes condiciones: 1) Que implique la creación de puestos de trabajo en zonas deprimidas; 2) Que implique beneficios claros a personas con carencias básicas; 3) Que sea un proyecto con una viabilidad indiscutible.        

6.- ¿Ámbito de actuación?.- El ámbito de actuación de la Fundación es internacional, aunque se haya constituido en España, y se regirá por la Ley 50 / 2002, de 26 de diciembre, de fundaciones y los criterios operativos serán los siguientes:
a) El Fondo Solidario será único y estará constituido por todas las donaciones de personas, organizaciones y empresas de cualquier parte del mundo; donaciones que se depositarán, a nombre de la Fundación Solidaridad Total, en las cuenta abierta en el Bankinter nº: 01280082980100020443.  
b) En cada país se podrán constituir sucursales de la Fundación, (Grupo de Empresas Solidarias), a modo de franquicia, a fin de tramitar y poner en marcha los proyectos de los emprendedores de otros países, con los fondos procedentes de los mismos, o con los de otros, a juicio del CGG, cuya estructura y funcionamiento será aprobada por el Consejo General del Grupo (CGG).
c) En cada país el CGG nombrará a los equipos de personas que se responsabilizarán del desarrollo de cada proyecto, con los criterios que dicho Consejo establezca.

7.- ¿Quién controlará el Fondo, la Fundación y la aplicación  de los recursos?.- Estas funciones se llevarán a efecto por:
a) La Administración General del Estado, mediante el órgano denominado “Protectorado” y de acuerdo a lo establecido en los artículos 34 y 35 de la Ley 50 / 2002, de 26 de diciembre, de fundaciones.
b) Los donantes a través de la revisión de cuentas, al presentar las memorias anuales por parte del Patronato, por los auditores externos, según lo establecido en el artículo 25 de la citada Ley, y con la participación en los órganos de Gestión del Grupo.
8.- ¿Cuánto dinero se dedicará a cumplir los objetivos establecidos?.- De acuerdo con el artículo 27 de la Ley 50 / 2002, se tendrá que dedicar a los fines de la fundación, al menos, el 70 % de los fondos de la misma y a modo de  orientación, de esa cuantía, se dedicará:

a) El 40 % para proyectos presentados por emprendedores donantes del Fondo y evaluados como viables por el Equipo de Diseño y Evaluación de Proyectos.
b) El 40 % para proyectos de creación de empresas y / o cooperativas presentados por el Equipo de Búsqueda de Empleo y Ayudas.
c) El 20 % para potenciar el (I+D+i), la formación integral, (personal y técnica), de las empresas y / o cooperativas, constituidas con recursos del Fondo Solidario y para defender y promocionar los valores de la Organización.
d) En cualquier caso, el Consejo General de Grupo puede variar estos porcentajes, en función de los recursos disponibles, el número de proyectos viables en cada área, y las circunstancias sociales de cada País, así como detraer recursos para ayudar a emprendedores, que no siendo donantes de la Fundación, presenten proyectos que sean calificados como singulares, por parte del citado Consejo .  

9.- ¿Una fundación puede crear empresas y / o cooperativas?.- De acuerdo con el artículo 24 de la Ley 50 / 2002, las fundaciones pueden:
a) Desarrollar actividades económicas cuyo objeto esté relacionado con los fines fundacionales de las mismas.
b) Participar en sociedades mercantiles, si no se responsabilizan personalmente de las deudas sociales, y si se diese esa circunstancia, darán cuenta al Protectorado de la Administración General del Estado.

10.- ¿En que se diferencia esta Fundación de otras ONG’S?. – Las diferencias principales con otras Organizaciones No Gubernamentales, son las siguientes:
a) Los fondos de otras ONG’s proceden, de forma exclusiva, de las donaciones de los simpatizantes, por lo que disponen de unos recursos muy limitados, y su actividad también es limitada, pero si un día los simpatizantes no aportan donativos, tendrían que cerrar por falta de recursos.
b) Los recursos de esta Fundación proceden de las donaciones de los simpatizantes, al principio, pero después en su mayor parte, procederán de todos los beneficios de las Empresas Solidarias constituidas con recursos del Fondo Solidario de la Fundación, beneficios que se utilizarán para crear más empresas, que aportarán más recursos, con lo se puede crear una espiral ascendente y positiva de solidaridad, por lo que esta Fundación seguiría existiendo aunque algunos simpatizantes se cansasen de aportar más donativos.

11.- ¿Diferencia entre nuestras Empresas Solidarias y el resto de empresas?.- Las diferencias entre nuestras Empresas Solidarias y el resto de empresas, como su nombre indica, es que son solidarias y las otras no lo son tanto, porque:
a) En las actuales empresas, su único objetivo es el de ganar dinero y sus beneficios, después de pagar impuestos, los reparten entre los accionistas, y pocas veces los utilizan para crear nuevos puestos de trabajo.
b) En Nuestras Empresas Solidarias los beneficios después de impuesto no van a los accionistas van al Fondo Solidario y nos permite cumplir nuestros objetivos de crear nuevas empresas y más puestos de trabajo, de forma constante, y trabajar para paliar el actual problema del paro así como para que la distribución de los recursos sea más justa.    

12.- ¿Beneficiarios de la Fundación?.- Los beneficiarios del Fondo Solidario de la Fundación serán los siguientes, y en el mismo orden de preferencia en que se relacionan:

a) Los donantes del Fondo Solidario, por el hecho de serlo, (Ver beneficios de los miembros de la Fundación). 
b) Los emprendedores que siendo donantes del Fondo soliciten ayudas para desarrollar sus proyectos, en cualquier porcentaje del presupuesto, y dichos proyectos hayan sido calificados como viables, por el EDEP, con el posterior Visto Buena de CGG.
c) Los emprendedores que se hagan cargo de los proyectos, de nichos de negocio, que hayan propuesto los Grupos de Búsqueda de Empleo y Ayudas.
d) Los emprendedores que no siendo donantes del Fondo Solidario, sus proyectos hayan sido catalogados como proyectos singulares por el Consejo General de Grupo, previo informe positivo del EDEP

13.- ¿Cómo hacer las donaciones?.- Las donaciones se pueden hacer de diversas formas:
a) Para donaciones periódicas, (al mes, etc.), enviando el formulario de domiciliación bancaria a la Fundación. (Ver documentos).
b) Para donaciones puntuales, por transferencia o ingreso en mano en la cuenta del Bankinter nº= 01280082980100020443, o por cheque.
c) Para las empresas y / cooperativas constituidas con recursos del Fondo Solidario, las cuantías y plazos se harán de acuerdo con lo que se establezca en los Contratos de Cooperación y Condiciones entre el promotor / res del proyecto y nuestro Grupo.


Madrid a 24 de diciembre 2010

Julio de la Cruz

Espartacoxxi

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