INTRODICIÓN.- Actualmente se detectan, en España, ciertas
deficiencias en los procesos electorales que se pueden resumir en los
siguientes: 1) Los partidos pequeños
son perjudicados en los procesos electorales, respecto de los grandes partidos
y de los partidos nacionalista, al aplicar la denominada Ley d´hondt, lo que
por ser injusto no se puede consentir; 2)
Los pactos postelectorales permiten que gobiernen aquellos que no han sido los
más votados por los ciudadanos, luego no se cumple su voluntad, lo que es una
deficiencia a corregir; 3) Las
listas que proponen los partidos políticos, en las elecciones, son cerradas y
bloqueadas, en lugar de listas abiertas, lo que es muy poco democrático, como
su propio nombre indica; 4) Los
costes de la elecciones son demasiado elevados, no solo por los carteles de
propaganda sino porque hay demasiadas convocatorias, (Municipales, Autonómicas
y Generales); 5) El sistema actual
da origen a que el Poder Ejecutivo se transforme en un único poder, (Partitocracía), porque: a) Los diputados no tienen libertad
para votar en conciencia, sino lo que dicta el aparato del partido; b) El Presidente del Consejo de Poder Judicial
lo nombran los partidos, en proporción a los votos conseguidos, luego está
condicionado al partido en el poder; c)
El Poder Ejecutivo no se limita a su función expresa de cumplir las leyes,
hacerlas cumplir, aprobar el presupuesto e invertirlo, sino a imponernos su
criterio al resto de ciudadanos y a algunos medios de comunicación.
PROPUESTA DE MEJORA.- Para corregir todas estas deficiencias se
deben fijar ciertos criterios de justicia, resumidos en los siguientes: a) Implantar la independencia de los
tres poderes, (Ejecutivo, judicial y legislativo), para que sea una democracia
real; b) Abaratar los costes de los
procesos electorales simplificando el sistema; c) Que los votantes conozcan mejor a las personas a elegir; d) Implantar un sistema mixto, más
equilibrado, de democracia participativa y democracia representativa, para elegir
a los mejores; e) Poder destituir de
sus puestos a los malos gestores y a los corruptos, no solo por parte de los
partidos, sino por los propios ciudadanos. Todo esto se puede conseguir con la
siguiente propuesta de cambio:
1.- Elección de los Alcaldes.- Los Alcaldes deben ser
elegidos directamente por los ciudadanos que les conocen, (Democracia
participativa), de entre una lista de personas propuesta por los partidos políticos,
y/o por las asociaciones de vecinos, y/o por iniciativa personal de cada uno; por votación libre y directa, y la persona que
consiga mayor número de votos será nombrada Alcalde del Ayuntamiento
correspondiente, siendo Él el que elija su equipo de gobierno, (Lo que facilita
la gobernabilidad y la asunción de su responsabilidad); pero podrá ser
destituido de su cargo y con Él su equipo: a)
Si un 60 % del censo electoral del pueblo solicita al Defensor del Pueblo que
sea suspendido, (Por ser un mal gestor o por corrupto); b) Directamente, sin más, siempre que haya sido imputado por un
juez.
2.- Elección de los Presidentes de Comunidades Autónomas.-
También los ciudadanos elegirán en la misma convocatoria electoral de los
Alcaldes, (Ahorro de costes electorales), al Presidente de su Comunidad,
(Democracia participativa), de entre una lista de personas presentada por los
partidos políticos, y/o Asociaciones de vecinos, y/o por propia iniciativa,
siendo elegido como tal el más votado y siendo Él el que elija a su equipo de
gobierno, (Lo que facilita la gobernabilidad y la asunción de su
responsabilidades); pero podrá ser destituido de su cargo y con Él su equipo: a) Por una moción de censura de los
diputados del Congreso Regional; b)
O si lo solicita al Defensor del Pueblo un porcentaje del 60 %, formado por un
30% de los diputados del Congreso Regional más otro 30% de ciudadano del censo
electoral de la Comunidad, (Por ser un mal gestor o un corrupto); c) Directamente, sin más, siempre que
haya sido imputado por un juez.
3.- Elección del Presidente de Gobierno.- También los
ciudadanos elegirán en la misma convocatoria electoral de los Alcaldes y
Presidentes de Comunidades, (Ahorro de costes electorales), al Presidente del
Gobierno Central, (Democracia participativa), de entre una lista de personas
presentada por los partidos políticos, y/o Asociaciones de ámbito nacional, y/o
por propia iniciativa, siendo elegido como tal el más votado y siendo Él el que
elija a su equipo de gobierno, (Lo que facilita la gobernabilidad y la asunción
de sus responsabilidades); pero podrá ser destituido de su cargo y con Él su
equipo: a) Por una moción de censura
de los diputados del Congreso Nacional; b)
O si lo solicita al Defensor del Pueblo un porcentaje del 60 %, formado por un
30% de los diputados del Congreso Nacional más otro 30% de los ciudadanos del
censo electoral del País, (Por ser un mal gestor o un corrupto); c) Directamente, sin más, siempre que haya
sido imputado por un juez.
4.- Elección de los Diputados Regionales.- Estos serán
elegidos por los Alcaldes de cada Comunidad Autónoma, (Democracia
representativa), siendo una más de las funciones de los Alcaldes, (Ahorro de
costes electorales), de entre una lista de personas presentadas por los
partidos políticos, y/o Asociaciones de ciudadanos, y/o por propia iniciativa,
siendo elegidas las personas más votadas, que coincidirán en número al número
de puestos a ocupar, lo que les capacitará para ocupar su puesto en el Congreso
de los Diputados Regionales y para votar en conciencia, nunca sometidos a la
disciplina de voto de sus partidos, (Democracia participativa), por lo que
estarán obligados a responder ante los ciudadanos, de su actividad parlamentaria.
5.- Elección de los Diputados Nacionales.- Estos serán
elegidos por los Diputados Regionales, (A cada Región le corresponderá un
número de electos proporcional a su número de habitantes), de entre las
personas que sean presentadas por los partidos político, y/o por las
Asociaciones de ciudadanos de ámbito nacional, y/o o por iniciativa propia,
(Democracia representativa), siendo esta una más de las funciones de los Diputados
Regionales, (Ahorro de costes electorales), y serán elegidas las personas más
votadas, que coincidirán en número al número de puestos a ocupar en el Congreso
Nacional, lo que les capacitará para ocupar su puesto en el citado Congreso y
para votar en conciencia, nunca sometidos a la disciplina de voto de sus
partidos, (Democracia participativa), por lo que estarán obligados a responder
ante los ciudadanos, de su actividad parlamentaria.
6.- Elección del Presidente del Consejo del Poder Judicial.-
Este será elegido por los Diputados del Congreso Nacional, (Democracia
representativa), como una más de sus funciones, (Abaratamiento de los costes
electorales), de entre una terna, (O un quinteto), propuesta por el conjunto
del cuerpo judicial españoles, siendo elegida la persona más votada, la que se
encargará de elegir su equipo de gobierno, (Lo que facilita la gobernabilidad y
la asunción de sus responsabilidades); pero podrá ser destituido de su cargo y
con Él su equipo: a) Por una moción
de censura de los diputados del Congreso Nacional; b) O si lo solicita al Defensor del Pueblo un porcentaje del 60 %,
formado por un 30% de los diputados del Congreso más otro 30% de los ciudadanos
del censo electoral del País, (Por ser un mal gestor o un corrupto); c) Directamente, sin más, siempre que
haya sido imputado por un juez.
7.- Elección del Defensor del Pueblo.- Este será elegido por
los Diputados del Congreso Nacional, (Democracia representativa), como una más
de sus funciones, (Abaratamiento de los costes electorales), de entre una
terna, (O un quinteto), propuesta por el conjunto del cuerpo de abogados del
Estado Español siendo elegida, como tal, la persona más votada, la que se
encargará de elegir su propio equipo de gobierno, (Lo que facilita la
gobernabilidad y la asunción de sus responsabilidades); pero podrá ser
destituido de su cargo: a) Por una
moción de censura de los diputados del Congreso Nacional; b) O si lo solicita al Presidente del Congreso Nacional un
porcentaje del 60 %, formado por un 30% de los diputados del Congreso más otro
30% de los ciudadanos del censo electoral del País, (Por ser un mal gestor o un
corrupto); c) Directamente, sin más,
siempre que haya sido imputado por un juez. Al Defensor del Pueblo se le
dotará, por ley, de poder ejecutivo suficiente, para que pueda defender a los
ciudadanos de los abusos de poder del resto de las Instituciones.
Logroño a 6 de diciembre de 2014
Julio de la Cruz Blázquez
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